jueves, 24 de octubre de 2013
La inquisición de #MonseñorProcurador
Por Manuel Antonio Velandia Mora
Más
papista que el Papa #MonseñorInquisidor extiende las redes persecutorias
Etiquetas:
Colombia,
Homofobia,
Inquisidor,
persecución,
Procurador
Terminar antes de que se acabe
Por Manuel Antonio
Velandia Mora
España, octubre de 2013
No entiendo por qué alguien a quien hemos amado debe convertirse en enemigo
"No voy a hablar de
cómo se rompió el amor entre Petro y el Procurador (el primero votó por el
segundo para nombrarlo por primera vez, y ahora el segundo quiere destituir al
primero) ni del fin del romance entre la clase política de extrema derecha de
Colombia con los paramilitares (Los primeros sacaron ventaja de los segundos y
ahora lo intentan negar). No, esta vez voy a hablar del amor y los vínculos que
perduran incluso cuando las relaciones de pareja terminan.
En las dos últimas
semanas estuve muy ocupado paseando y aprovechando la vista que nos hizo mi
ex-mi-amor y su-amor. Digo, nos hizo, porque a mi amorcito y al suyo solo les
conocíamos vía Internet. Así que también era el momento de los mutuos
re-conocimientos.
No somos pareja ya hace
más de una década, pero cuando se acabó la relación éramos tan buenos amigos
que decidimos seguir compartiendo la casa en la que vivíamos, lo hicimos hasta
que tuve que convertirme en refugiado político y no me adentro en el tema para
no meter en mis historias de amor a los innombrables.
Luego nuestra relación
pasó de lo presencial a lo virtual hasta cuando hace dos años pudo venir a
visitarme, y siguió siendo vía Internet hasta esta reciente visita.
A la gente, sin
diferencia de si son L, G, T, B o heterosexual siempre le extraña que yo siga
siendo buen amigo de mis ex-mi-amor, es como si por el hecho de haber terminado
una relación debiera pasarse automáticamente de amigos a enemigos.
Yo creo que no tiene
sentido haber compartido años de nuestra existencia al lado de alguien y luego ni siquiera
saludarle; para lograr que el vínculo continúe he tenido que hacer uso de un
gran aprendizaje: ¡hay que terminar las relaciones antes de que se acaben!
Para ello hay que hacer
un ejercicio que no sólo uso en mis relaciones sino en muchos espacios de mi
vida: en la vida hay que aprender a darse cuenta, centrarse y empoderarse.
Darse cuenta implica ser
consiente de los cambios que ocurren y sobre cómo nos afectan, a quién no se da
cuenta a tiempo, pareciera que nunca le pasa nada, pero cuando se da cuenta
generalmente ya es demasiado tarde. Es el momento en que las personas quieren
hacer un esfuerzo para que la relación funcione, pero en ese momento ya no
tiene sentido, porque cuando el amor ha muerto lo único que podemos sentir por
el otro o la otra, es esfuerzo.
Si logramos darnos cuenta
entonces podemos pasar al segundo momento: centrarnos. Para centrarse hay que
descentrarse, en otras palabras hay que tomar conciencia de que aun cuando en
la existencia lo más importante es uno mismo y su felicidad, en la relación
somos dos y las emociones del otro o la otra también son importantes, porque
somos seres emocionales y son las emociones los motores de nuestra acción
humana. De ahí que el lenguaje también sea muy importante a la hora de
construir las relaciones, los afectos, los vínculos… porque el lenguaje no es
un instrumento sino que a través de él creamos relatos; nosotros mismos somos
el relato de nuestra existencia y nuestros amores y desamores también son
relatos. Relatos que cambian con el tiempo pero sobre todo cuando cambian las
emociones, así que es muy difícil hablar bien del ex-mi-amor si el amor se ha
trasformado en rechazo, o peor aún, en indiferencia.
Por ello el tercer
momento del proceso es fundamental: tomar el poder… empoderarse es darse la
opción de vivir el mundo que queremos y no el que desde la cotidianidad nos ha
tocado vivir. Quien toma el poder de su existencia puede decidir por sí mismo
qué quiere en y para su existencia y qué no desea o necesita.
Tomar el poder desde el
amor es muy diferente a ejercer ese poder machista, falocrático y patriarcal
que lleva a controlar a los otros seres humanos o, como dice mi amiga Angie
Simonis, a dirigir sus acciones y determinar sus destinos. El poder del que
hablo se construye en el amor y la solidaridad, que se convierten en el motor
generador de nuestras capacidades físicas, emocionales y discursivas puestas al
servicio del crecimiento mutuo.
El interés genuino por el
bienestar del otro o la otra fundamenta el respeto, tal vez si fuéramos más amorosos no estaría pasando en Bogotá y Colombia lo que
actualmente sucede, el asesinato de las parejas por parte del marido: en lo que
va del año, 86 mujeres han sido asesinadas por sus compañeros. Ello sin sumar
cientos de mujeres a las que quienes dicen amarlas les amenazan, las golpean e
incluso pagan para que alguien les lance ácido a su rostro.
Hagamos más el amor y neguémonos a vivir el
odio.
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Odio,
Pareja
miércoles, 2 de octubre de 2013
La belleza del desnudo masculino
Manuel Antonio Velandia Mora
España septiembre 2013
Hacer fila y pagar por ver desnudos masculinos
¿una moda?
En todos los museos del
mundo hay obras en las cuales pueden observarse el desnudo masculino, sin
embargo, hasta el pasado otoño de 2012
con la exposición de Nackte Männer, en el Leopold Museum de Viena, una
exposición que comenzaba con la Ilustración a finales del siglo los 18, no se
había exhibido en un mismo espacio tal apreciable cantidad de obras con este
tema.
Actualmente se encuentra es exhibición en el Museo
de Orsay, en Paris, una exposición que culmina el 2 enero de 2014, denominada
Masculino/ Masculino que reúne pintura, escultura, artes gráficas y fotografía.
La pregunta que todos se hacen es por qué desnudo masculino, cuando bien
podría preguntarse por qué siempre desnudo femenino. Bueno, la respuesta es sencilla,
el cuerpo femenino, desnudo o no, se ha convertido en una mercancía, en un
objeto de publicidad y ya desde el siglo XIX se erigía en
objeto del deseo del macho falócrata.
Recordemos que el ideal de belleza siempre se basó en el cuerpo masculino. El
arquitecto romano Marco Vitruvio Polión (Siglo I a.C.), teorizó sobre la
aplicación de la sección áurea. Este sistema de relaciones armónicas, también
conocido como la proporción divina, fue trasladado a la figura humana por Da
Vinci y tuvo una gran importancia durante el renacimiento. El dibujo de Da
Vinci que inscribe al hombre en un cuadrado y un círculo, lo situó en el centro
del Universo: en esta proporción del ser
humano, la distancia desde la cabeza hasta el ombligo y desde éste hasta los
pies, debe ser la misma que la proporción entre la distancia desde el ombligo
hasta los pies y desde estos a la cabeza, un hombre cuyas proporciones le
engrandecen.
De esta belleza proporcional pronto se pasó al cuerpo musculado, pero ya
desde los artistas griegos el pene se trata con cierto pudor y se presenta atrofiado
o bien disimulado bajo cualquier accesorio (espadas, hojas, o cabezas de
animales, entre otros o también telas, generalmente drapeadas).
Ya en las escuelas de pintura y escultura en el siglo XVII se considera
primordial en la enseñanza, el dominio de la ejecución del desnudo masculino. Hasta
bastante avanzado el siglo XX los modelos fueron únicamente masculinos, por
motivos morales pero también porque se considera al hombre como el arquetipo
del canon humano.
A lo largo del siglo XIX la mirada hacia el cuerpo masculino se va
transformando y va ganando fuerza la visión médica e higienista, que incide de
forma directa sobre el concepto del desnudo. Por una parte, se multiplican los
movimientos de educación física y los gimnasios y por otra, los pintores como Eugene
Jansson, los toman como sus modelos.
En USA, a mediados del siglo pasado, los primeros modelos atléticos desnudos aparecieron
en “Physique Pictorial” y desde esa revista se fortaleció la idea del hombre
masculinizado en el gimnasio como el modelo del cuerpo deseado por los hombres
homosexuales; un modelo que posteriormente pasó a ser icono tanto masculino
como femenino.
Sobre las muchas imágenes posteriores al siglo XVIII y las diversas
acepciones del cuerpo masculino, en Orsay se exponen obras de Auguste Rodin, Nackte
Männer, Jean-Baptiste Frédéric Desmarais, George Hoyningen-Huene, Pierre et
Gilles, Jean-Bernard Duseigneur, Schiele, Bonnat, William Bouguereau, Ron Mueck,
Frédéric Bazille, Hippolyte Flandrin, Hodler, Munch, Gloeden, Louise Bourgeois, Paul Cadmus, Cocteau, Hockney,
Anne-Louis Girodet, Paul Cadmus, Winckelmann, Gustave Moreau, Hodler, entre otros.
En Colombia, los artistas también han trabajado el desnudo masculino, lo
han hecho desde muy conocidos hasta emergentes, pintores, escultores y
fotógrafos, como Feliz Ángel, Luis Caballero, Ruvén Afanador, Álvaro Barrios, Juan
Antonio Roda, Rodrigo Arenas Betancourt, Hernán Díaz, Alex Stevenson Díaz, Jaime
Rodríguez Romero o Francois Betancourt.
La orientación sexual de los artistas no siempre tiene una relación directa
con lo que pintan, esculpen o fotografían aun cuando quiera leerse en sus obras
una identidad sexual, y tal vez en algunas de ellas pueda interpretarse el
deseo por el cuerpo del hombre, pero también en las obras se encuentra la
ambigüedad sexual, el valor del heroísmo, la santidad, la admiración sin
límites por la perfección del cuerpo, la fuerza, la sensualidad, la erotización
e incluso, la vulnerabilidad.
Como puede leerse el desnudo masculino puede interpretarse de múltiples
maneras, no es una novedad, aun cuando si lo es la organización, una tras otra,
de dos grandes exposiciones en dos importantes museos. Por supuesto en
Colombia, que siempre llegamos tarde a muchas cosas, una exposición de este
tipo puede demorarse, aun cuando no pueden olvidarse las ya míticas
exposiciones de Luis Caballero en la Galería Garcés y Velázquez.
Yo no soy famoso, pero quiero contarles que una de mis grabados sobre esta
temática ahora hace parte del Fondo de Grabado del Instituto Alicantino de
Cultura Juan Gil-Albert, una obra realizada en el Taller de Grabado Eusebio
Sampere.
El confesionario dejó de ser sala de tortura para gais ¿Quién le cree al Papa Francisco?
Manuel Antonio Velandia Mora
España septiembre 2013
¿Debe ser delito tener relaciones sexuales sin protección si
hay riesgo alto de infectar con una ETS o
el VIH/sida?
Los casos de dos reconocidos “pornostar” norteamericanos, un
hombre bisexual (Rod Daily, 32 años) y una mujer heterosexual (Cameron Bay, 29
años) recientemente diagnosticados con VIH, han encendido las alarmas en los
medios de comunicación y ha traído a las redacciones de estos y por supuesto a
las organizaciones que trabajan frente al sida la vieja discusión de si debe
ser delito tener relaciones sexuales sin protección cundo hay riesgo alto de
transmitir a la otra persona una enfermedad de transmisión sexual o el
VIH/sida.
Al respecto hay dos posiciones: la primera, es que hay que
tomar precauciones para no infectar, pero no hay que avisar; la segunda, es que
no comunicarlo es un abuso de confianza, y debe haber una protección legal para
la persona a la que no se ha dado información. Lo que se cuece tras estas
posiciones es el conflicto en el que entran dos derechos: el de la intimidad y
el de la salud. La intimidad, porque la situación de estar viviendo con una ETS
y/o con el VIH/sida es una información que sólo le concierne al afectado; y el
de la salud, porque aun cuando el cuidado de la salud en gran parte es un
ejercicio de autocuidado y autodeterminación, el hecho de que no exista de por
medio un consentimiento implica que cuando se dice sí, se está aceptando el
placer pero no la posibilidad de infectarse con un microorganismo, de ahí que
se abogue por el consentimiento informado.
En muchos países la transmisión del VIH puede ser un delito
penal – y en algunos otros hasta exponer a alguien al VIH puede ser objeto de
persecución penal. Pueden levantarse cargos bajo una variedad de leyes, ya sean
leyes específicas al VIH que se refieran a la transmisión o exposición al VIH u
otras leyes tales como: homicidio, homicidio sin premeditación, agresión, y
lesiones corporales graves. En algunos países se distingue entre la transmisión
“imprudente” e intencional del VIH.
Se considera que penalizar promueve los resultados de salud
pública, pero puede desincentivar a la gente de la consejería y prueba de VIH
voluntaria; mantiene a las personas viviendo con VIH como responsables de la
prevención, en vez de promover la responsabilidad individual cualquiera que sea
el estatus de VIH; protege a los grupos vulnerables, pero también puede llevar
al aumento del estigma.
La ONU defiende que no se persiga legalmente a quien
transmite el virus, detrás de dicha decisión está la idea de que criminalizar a
personas que hayan podido tener relaciones sin protección sabiendo que viven
con el VIH/sida, no ayuda. Por otra parte, en las discusiones al respecto
quienes no están de acuerdo en que se penalice
se acogen a lo que en el argot de los defensores humanos en el tema del
VIH/sida de denomina la "declaración
de Suiza"; este país fue pionero, de eso hace ya seis años, en
recalcar que el riesgo para la pareja sexual que le sea transmitido el VIH a
partir de una persona que toma medicamentos inhibidores del virus y ya tiene su
infección controlada (es decir, tiene una carga viral indetectable o mejor
dicho, no tiene virus circulando en su torrente sanguíneo) es prácticamente
nulo.
Por otra parte, cabe aclarar que si se hace un uso
inapropiado de los medicamentos entonces la presencia del VIH no solo no se
vuelve indetectable, sino que además puede transformarse en VIH en un virus de
difícil tratamiento y para quien lo adquiere, su infección adquiere la misma
condición.
La industria pornográfica en USA está contra de la ley de sexo seguro
A principios de 2013 Vivid Entertainment, Califa
Productions y los actores de cine para adultos Kayden Kross y Logan Pierce
presentaron una demanda contra el Condado de Los Ángeles para evitar que la
nueva ley, denominada de “sexo seguro” entrara en vigencia. La ley obliga a los
actores a usar preservativos durante las escenas en las que hay
penetración. Según los empresarios, la industria porno ya se regula a sí misma
para proteger a sus actores.
En el fallo emitido el viernes 16 de agosto, el juez federal
de distrito de los Ángeles, Dean Pregerson, ratifico la ley como constitucional e indicó que quienes defendieron la
propuesta presentaron evidencia suficiente sobre los riesgos a la salud
que la medida busca reducir. El juez ha dicho que la ley “de hecho mitigará
esos peligros de manera directa y material”.
Pero no toda la industria del porno está de acuerdo, por
ejemplo la productora Menatplay ha tomado la decisión consciente de respaldar el
sexo seguro y demostrar cómo el sexo puede ser aun increíblemente “caliente”
con condones. Esta decisión ha sido alimentada en parte por el gran auge del porno
“bareback” (a pelo, sin condón) que, de forma alarmante, parece haberse
convertido en la norma en cualquier tienda del porno gay. Su editor se pregunta
lo que muchos otros ¿por qué debería importar esto a los productores, después
de todo, todos somos adultos responsables, capaces de tomar nuestras propias decisiones?
Su respuesta es que la pornografía puede ser sólo una "fantasía",
pero al igual que cualquier medio de comunicación, su poder para influir en su
público es muy real. Aduce que exponer a la audiencia a algo constantemente lo
convertirá en la normalidad; y que aun cuando sabe que los modelos de la
película son en realidad musculosos chicos “cogiendo” a un individuo perfectamente
limpio, en realidad lo que se ve es una fantasía, pero se sabe que en la cotidianidad
está más cercana a un encuentro complicado con un extraño, una persona ebria o afectada
por la droga, y es mejor evitarse unas semanas de constante preocupación y arrepentimiento.
Qué dice al respecto la ley en Colombia
El Decreto 1543 de 1997, por el cual se reglamenta el manejo
de la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), el Síndrome de
la Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las otras Enfermedades de Transmisión
Sexual (ETS), en su artículo 35o.- Situación Laboral. Informa que “Los
servidores públicos y trabajadores privados no están obligados a informar a sus
empleadores su condición de infectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana
(VIH). En todo caso se garantizarán los derechos de los trabajadores de acuerdo
con las disposiciones legales de carácter laboral correspondientes.
Artículo 36o.- Deber de Informar. Para poder garantizar el
tratamiento adecuado y evitar la propagación de la epidemia, la persona
infectada con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), o que haya
desarrollado el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y conozca tal
situación está obligada a informar dicho evento, a su pareja sexual y al médico
tratante o al equipo de salud ante el cual solicite algún servicio asistencial.
Artículo 41o.- Deber de no Infectar. La persona informada de
su condición de portadora del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) deberá
abstenerse de donar sangre, semen, órganos o en general cualquier componente
anatómico, así como de realizar actividades que conlleven riesgo de infectar a
otras personas.
Artículo 55o.- Propagación de la Epidemia. Las personas que
incumplan los deberes consagrados en los Artículos 36 y 41 del Capítulo V del
presente decreto, podrán ser denunciadas para que se investigue la posible existencia
de delitos por propagación de epidemia, violación de medidas sanitarias y las
señaladas en el Código Penal”.
Obsérvese que según este decreto, informar es un deber, pero
no es una obligación. Ahora bien, recordemos que el decreto lo hicimos entre 1996
y 1997, y lo digo en plural porque yo trabajé en su redacción, y en ese momento
entre las actividades que conllevaban riesgo de infectar a otras personas no se
podía haber contemplado la posibilidad de aplicar la "declaración de Suiza", lo que me lleva a sugerir que en
Colombia debería discutirse y actualizarse la norma.
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Homofobia,
Iglesia católica,
Papa
La Ley de Sexo Seguro y la industria XXX en USA ¿qué tan lejos de la legislación colombiana?
Manuel Antonio Velandia Mora
España septiembre 2013
¿Debe ser delito tener relaciones sexuales sin protección si hay riesgo alto de infectar con una ETS o el VIH/sida?
Los casos de dos reconocidos “pornostar” norteamericanos, un
hombre bisexual (Rod Daily, 32 años) y una mujer heterosexual (Cameron Bay, 29
años) recientemente diagnosticados con VIH, han encendido las alarmas en los
medios de comunicación y ha traído a las redacciones de estos y por supuesto a
las organizaciones que trabajan frente al sida la vieja discusión de si debe
ser delito tener relaciones sexuales sin protección cundo hay riesgo alto de
transmitir a la otra persona una enfermedad de transmisión sexual o el
VIH/sida.
Al respecto hay dos posiciones: la primera, es que hay que
tomar precauciones para no infectar, pero no hay que avisar; la segunda, es que
no comunicarlo es un abuso de confianza, y debe haber una protección legal para
la persona a la que no se ha dado información. Lo que se cuece tras estas
posiciones es el conflicto en el que entran dos derechos: el de la intimidad y
el de la salud. La intimidad, porque la situación de estar viviendo con una ETS
y/o con el VIH/sida es una información que sólo le concierne al afectado; y el
de la salud, porque aun cuando el cuidado de la salud en gran parte es un
ejercicio de autocuidado y autodeterminación, el hecho de que no exista de por
medio un consentimiento implica que cuando se dice sí, se está aceptando el
placer pero no la posibilidad de infectarse con un microorganismo, de ahí que
se abogue por el consentimiento informado.
En muchos países la transmisión del VIH puede ser un delito
penal – y en algunos otros hasta exponer a alguien al VIH puede ser objeto de
persecución penal. Pueden levantarse cargos bajo una variedad de leyes, ya sean
leyes específicas al VIH que se refieran a la transmisión o exposición al VIH u
otras leyes tales como: homicidio, homicidio sin premeditación, agresión, y
lesiones corporales graves. En algunos países se distingue entre la transmisión
“imprudente” e intencional del VIH.
Se considera que penalizar promueve los resultados de salud
pública, pero puede desincentivar a la gente de la consejería y prueba de VIH
voluntaria; mantiene a las personas viviendo con VIH como responsables de la
prevención, en vez de promover la responsabilidad individual cualquiera que sea
el estatus de VIH; protege a los grupos vulnerables, pero también puede llevar
al aumento del estigma.
La ONU defiende que no se persiga legalmente a quien
transmite el virus, detrás de dicha decisión está la idea de que criminalizar a
personas que hayan podido tener relaciones sin protección sabiendo que viven
con el VIH/sida, no ayuda. Por otra parte, en las discusiones al respecto
quienes no están de acuerdo en que se penalice
se acogen a lo que en el argot de los defensores humanos en el tema del
VIH/sida de denomina la "declaración
de Suiza"; este país fue pionero, de eso hace ya seis años, en
recalcar que el riesgo para la pareja sexual que le sea transmitido el VIH a
partir de una persona que toma medicamentos inhibidores del virus y ya tiene su
infección controlada (es decir, tiene una carga viral indetectable o mejor
dicho, no tiene virus circulando en su torrente sanguíneo) es prácticamente
nulo.
Por otra parte, cabe aclarar que si se hace un uso
inapropiado de los medicamentos entonces la presencia del VIH no solo no se
vuelve indetectable, sino que además puede transformarse en VIH en un virus de
difícil tratamiento y para quien lo adquiere, su infección adquiere la misma
condición.
La
industria pornográfica en USA está contra de la ley de sexo seguro
A principios de 2013 Vivid Entertainment, Califa
Productions y los actores de cine para adultos Kayden Kross y Logan Pierce
presentaron una demanda contra el Condado de Los Ángeles para evitar que la
nueva ley, denominada de “sexo seguro” entrara en vigencia. La ley obliga a los
actores a usar preservativos durante las escenas en las que hay
penetración. Según los empresarios, la industria porno ya se regula a sí misma
para proteger a sus actores.
En el fallo emitido el viernes 16 de agosto, el juez federal
de distrito de los Ángeles, Dean Pregerson, ratificó la ley como constitucional e indicó que quienes defendieron la
propuesta presentaron evidencia suficiente sobre los riesgos a la salud
que la medida busca reducir. El juez ha dicho que la ley “de hecho mitigará
esos peligros de manera directa y material”.
Pero no toda la industria del porno está de acuerdo, por
ejemplo la productora Menatplay ha tomado la decisión consciente de respaldar el
sexo seguro y demostrar cómo el sexo puede ser aun increíblemente “caliente”
con condones. Esta decisión ha sido alimentada en parte por el gran auge del porno
“bareback” (a pelo, sin condón) que, de forma alarmante, parece haberse
convertido en la norma en cualquier tienda del porno gay. Su editor se pregunta
lo que muchos otros ¿por qué debería importar esto a los productores, después
de todo, todos somos adultos responsables, capaces de tomar nuestras propias decisiones?
Su respuesta es que la pornografía puede ser sólo una "fantasía",
pero al igual que cualquier medio de comunicación, su poder para influir en su
público es muy real. Aduce que exponer a la audiencia a algo constantemente lo
convertirá en la normalidad; y que aun cuando sabe que los modelos de la
película son en realidad musculosos chicos “cogiendo” a un individuo perfectamente
limpio, en realidad lo que se ve es una fantasía, pero se sabe que en la cotidianidad
está más cercana a un encuentro complicado con un extraño, una persona ebria o afectada
por la droga, y es mejor evitarse unas semanas de constante preocupación y arrepentimiento.
Qué dice al respecto la ley en Colombia
El Decreto 1543 de 1997, por el cual se reglamenta el manejo
de la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), el Síndrome de
la Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las otras Enfermedades de Transmisión
Sexual (ETS), en su artículo 35o.- Situación Laboral. Informa que “Los
servidores públicos y trabajadores privados no están obligados a informar a sus
empleadores su condición de infectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana
(VIH). En todo caso se garantizarán los derechos de los trabajadores de acuerdo
con las disposiciones legales de carácter laboral correspondientes.
Artículo 36o.- Deber de Informar. Para poder garantizar el
tratamiento adecuado y evitar la propagación de la epidemia, la persona
infectada con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), o que haya
desarrollado el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y conozca tal
situación está obligada a informar dicho evento, a su pareja sexual y al médico
tratante o al equipo de salud ante el cual solicite algún servicio asistencial.
Artículo 41o.- Deber de no Infectar. La persona informada de
su condición de portadora del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) deberá
abstenerse de donar sangre, semen, órganos o en general cualquier componente
anatómico, así como de realizar actividades que conlleven riesgo de infectar a
otras personas.
Artículo 55o.- Propagación de la Epidemia. Las personas que
incumplan los deberes consagrados en los Artículos 36 y 41 del Capítulo V del
presente decreto, podrán ser denunciadas para que se investigue la posible existencia
de delitos por propagación de epidemia, violación de medidas sanitarias y las
señaladas en el Código Penal”.
Obsérvese que según este decreto, informar es un deber, pero
no es una obligación. Ahora bien, recordemos que el decreto lo hicimos entre 1996
y 1997, y lo digo en plural porque yo trabajé en su redacción, y en ese momento
entre las actividades que conllevaban riesgo de infectar a otras personas no se
podía haber contemplado la posibilidad de aplicar la "declaración de Suiza", lo que me lleva a sugerir que en
Colombia debería discutirse y actualizarse la norma.
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